¡Hola a todxs!
Sé que esta entrada es muy diferente a lo que suelo publicar pero, aprovechando que estoy estudiando derecho y que muchas veces nos hacen leer sobre problemáticas sociales que podrían afectar a cualquiera, he decidido crear una nueva subsección en el blog en la que os hablaré de noticias de derecho que considere que pueden ser interesantes, de una forma lo menos pesada posible. Así yo aprendo y vosotrxs conocéis cositas nuevas.
Hoy os traigo un artículo breve sobre la polémica que se ha despertado a raíz de que Tinder anunciase que va a permitir acceder a sus usuarios a los antecedentes criminales de sus "match".
Esta medida se va a empezar a implantar en Estados Unidos y no sólo afectaría a Tinder sino también a todas las marcas pertenecientes a la compañía y que incluyen Match, Meetic, OkCupid, Hinge, Pairs, PlentyOfFish y OurTime.
Según Match, esta nueva herramienta está creada para proteger a sus usuarios de posibles conductas violentas o abusivas (que desemboquen en posibles casos de violencia de género) y se pondrá en marcha junto con la colaboración de Garbo, que es una organización sin ánimo de lucro. Kathryn Kosmides, que es la fundadora de Garbo, fue víctima de violencia de género y afirma que "su misión es intentar encontrar el balance entre protección y privacidad".
Con el tiempo, la empresa tejana pretende ir ampliando su radio de aplicación hacia el resto de países en los que opera pero ¿es esto legal y aplicable en España?
Antes que nada, hay que tener en cuenta que solo un porcentaje muy pequeño de los supuestos casos de violencia de género acaban en condena firme y que, en general, si ese control de antecedentes solo se reduce a las condenas en firme, representaría una ínfima parte de los más de 50 millones de usuarios con los que cuenta Tinder; protegiendo así contra las conductas más violentas pero dejando fuera de ese control a usuarios con comportamientos abusivos o violentos que no hayan sido condenados por ello.
En el caso de Estados Unidos, esta nueva medida es posible gracias a la Ley Megan, que es una ley que se aplica en varios estados del país y permite que los antecedentes penales de una persona puedan hacerse públicos.
En el caso de España, hay ciertos casos en los que se permiten que los antecedentes penales sean consultados pero no es usual porque el TEDH (Tribunal Europeo de Derechos Humanos) establece que debe prevalecer en todo caso el derecho a la intimidad.
De hecho, en nuestro país, tanto la Agencia Española de Protección de Datos como el Real Decreto 95/2009 hacen imposible que, incluso las empresas puedan saber los antecedentes que tiene una persona a la que van a contratar, así que, contestando a la pregunta de si esto es o no es legal en el caso de España: no, no sería posible puesto que se trata de información privada y no hay base legal que sustente que herramientas como esta puedan ser utilizadas por compañías como Tinder.
Es decir, que aunque Tinder pretenda añadir herramientas para que sus usuarios sepan los antecedentes de sus match, esta herramienta no es infalible y no va a ser aplicable en países como el nuestro, cuya normativa es más estricta en temas de privacidad.
Si habéis llegado hasta aquí muchísimas gracias por leerme. Espero de verdad que os haya gustado (aunque solo sea como curiosidad).
¿Me dejáis en comentarios qué pensáis de este tipo de artículos y de este caso en concreto? (si no os gustan decídmelo también porfi)
Información extraída de Derecho Virtual y el Confidencial.
Que gusto volver a leerte. Me encanta esta nueva sección de curiosidades :)